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lunes, 4 de junio de 2012

Extractos: EL SAUCO

Por Dr. Juan Zegarra Chávez.

CAPITULO I

1. UBICACIÓN Y LÍMITES 
El fundo "El Sauco" se encuentra ubicado en las alturas del distrito de Sucre. Precisamente, en las Jalcas del Caserío Calconga. Es un apéndice de más o menos 174 hectáreas, con 6,400 metros cuadrados de superficie, que resultó sobrante de la venta de los fundos, de mayor extensión, llamados: "San Juan de Tincat" y "Sumbat", los que, a la vez, habían sido parte integrante de la más extensa hacienda del Norte del Perú llamada "Polloc", perteneciente al conocido latifundista y político, MANUEL CACHO SOUSA, quien, con anterioridad, vendió los citados fundos a don David Reyna y a don Hildebrando Aliaga Zavaleta, respectivamente.

Los límites o linderos del fundo están determinados de la siguiente manera: La confluencia del rio "Pachachaca" con el riachuelo que baja de Vigas; sube por el curso del riachuelo hasta la "Peña Gris", situado en la orilla izquierda del riachuelo, en la base del cerro "Gentil" y frente al cerro "Incaico"; de la mencionada "Peña Gris", por la izquierda, en línea recta sigue hasta la cúspide del cerro "Incaico"; de dicha cúspide, en línea recta, sigue al poyo "Hueco Verde", donde existe una vertiente de agua; de dicho poyo, en línea recta, hasta la quebrada "Grande"; sigue, pasando el llamado "Morrito Solo", partido por una quebradita que desemboca de la quebrada "Grande" y sigue hasta encontrar el río que baja de Pachachaca y siguiendo por este río hasta encontrar el Tingo o confluencia del riachuelo Vigas, punto de partida.

2. LA DONACIÓN
La correspondiente donación se formalizó notarialmente en la ciudad de Lima, con el otorgamiento de la Escritura Pública respectiva, ante el Notario, doctor Miguel A. Córdova, de fecha 2 de noviembre de 1951.

En la donación intervino el Dr. Nazario Chávez Aliaga, en mérito del poder por Escritura Pública que le otorgó el Concejo, ante el Notario Público de Celendín, señor Aurelio Bazán Peralta, con fecha, 14 de Junio de 1951.

Con motivo de la festividad religiosa en honor de San Isidro, patrón del pueblo de Sucre, visitaron la ciudad una nutrida comitiva de parlamentarios cajamarquinos, al parecer, invitados por el Dr. Nazario Chávez Aliaga, hijo ilustre de Sucre, entonces, diputado de la Provincia de Cutervo. Esto, sucedió el 15 de mayo de 1951. Entre los visitantes estaba el Senador de la República, don Manuel Cacho Sousa.

Fueron recibidos muy calurosamente y declarados huéspedes ilustres. Pero, el senador fue abrumado de vítores y aplausos y como respuesta a tan cálido afecto anunció al pueblo, que donaba al Concejo Distrital de Sucre, aquel remanente de tierras que los paisanos conocían con el nombre de "El Sauco"; pero cuyo nombre no se menciona en la escritura pública de donación.

Debemos precisar, que la Escritura Pública de Donación no fue inscrita en los Registros de la Propiedad Inmueble de Cajamarca, seguramente, por descuido del Concejo.

Después de 40 años de producida, recién se inscribe como Primera de Dominio, el 19 de Setiembre de 1991, en forma ilegal, como se apreciará más adelante.

Pero, a esa fecha, la Dirección General de Reforma Agraria, ya tenía inscrito el dominio del predio a su nombre, al igual que, los otros fundos de propiedad del Concejo, como consecuencia de la aplicación de la Ley de Reforma Agraria, como lo explicaremos más adelante, al comentar el proceso judicial de expropiación.

3. EL USUFRUCTO DEL FUNDO
Indudablemente, el ingreso del fundo donado al patrimonio de la Municipalidad de Sucre constituyó un importante aporte a la economía municipal. Sin embargo, faltó iniciativa o imaginación para explotarlo con visión de futuro. Al contrario, se limitaron en darlo en arrendamiento por largo plazo, conforme las disposiciones de la Ley o Digesto Municipal. Es decir, en remate o subasta pública de postores.

En la revista anual, "El Labrador", de la "Asociación Sucrense en Cajamarca", N°01, de Mayo de 1992, el profesor, Gutemberg Aliaga Zegarra, afirma en su artículo titulado: "El Sauco, Hito Histórico de un Pueblo", página 27, que el primer arrendatario fue el señor Hildebrando Aliaga Zavaleta, luego siguió don Clodomiro Aliaga Sánchez, cuyo contrato venció a fines de Diciembre de 1962.

El tercer y último arrendamiento es ganado por don Eligio Chávez Chávez, para el periodo de 1963 a 1972; pero, casi de inmediato, con conocimiento y asentimiento del Concejo, el arriendo pasó a los menores, Félix Alberto Aliaga Chávez y Pedro Chávez García, con la garantía del propio Eligio Chávez Chávez y de don Teobaldo Chávez, pagando la merced conductiva de 15,000 soles oro, anuales.

Estos dos jóvenes, acostumbrados a los trabajos rudos del campo y al rigor del frío de las jalcas, empezaron a trabajar el fundo llenos de fe y esperanza de triunfar. Y así sucedió. Lo primero que hicieron fue dividir el predio, en dos parcelas y cada uno eligió la suya.- Luego, con su laboriosidad y sacrificio, asumieron el reto de convertir a sus parcelas en centros de producción agrícola y lechera. Y, lo lograron.

Por su parte, Félix Aliaga Chávez, en unión con sus hermanos: Segundo Nemesio y Roger Aliaga Chávez, fomentaron una importante ganadería de lidia de pura casta, con el nombre de "San Isidro", con divisa inscrita y reconocida por la Asociación Nacional de Criadores de Ganado de Lidia del Perú. Para tal cometido compraron cincuenta vaquillonas de vientre y un semental de la ex famosa ganadería "La Pauca", llegando a tener ciento treinta astados bravos, que fueron toreados, no sólo, en las ferias taurinas en honor a San Isidro Labrador, sino también, en las plazas de Celendín, del distrito de Jesús, en Cajamarca, e inclusive, en la Plaza de Acho de Lima.- En las ferias taurinas de Sucre participaron como toreros "Señoritos", Segundo Nemesio Aliaga Chávez y su hermano Roger, quien lo hacía a caballo, imitando la "Suerte Nacional".

Al término del contrato — diciembre de 1972 — el Alcalde de entonces, don Porfirio Reyna Aliaga no pudo sacar a nuevo remate el arrendamiento del fundo por cuanto lo prohibía la Ley de Reforma Agraria y Asentamiento Rural, N°17716.

Los Notarios Públicos, por mandato de la citada ley, no podían autorizar escrituras públicas de arrendamientos de predios rústicos, que era la forma exigida para los predios de propiedad de las municipalidades.

Frente a esta situación, el Concejo convocó a los conductores del fundo a una Sesión de Cabildo, para decidir lo que mejor convenía. El Alcalde era consciente, que la Ley de Reforma Agraria favorecía a los arrendatarios, como beneficiarios de la misma. El acuerdo al que arribaron fue: Que ellos continuaban con el fundo, pagando 25000 soles oro anuales, hasta cuando la Dirección General de Reforma Agraria decida si son o no calificados como beneficiarios de la Reforma Agraria, firmándose un contrato privado, que quedó guardado en la Municipalidad, según la versión de Félix Alberto Aliaga Chávez. Según la misma persona, los arriendos fueron pagados hasta el año de 1977, mediante pagos trimestrales.

Del libro Cuando los Jueces Prevaricaron, Dr. Juan Zegarra Chávez, Págs. 13 al 19.


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